¿Cómo declarar el alquiler de una vivienda vacacional?



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Hace tan solo cuatro días que comenzó julio, junto con agosto son los meses por antonomasia en los que más personas aprovechan para contar con unos días de asueto y descanso. Coincidiendo con la temporada estival, son muchos los propietarios que deciden alquilar sus casas, principalmente en las zonas de costa. A la hora de hacerlo, existen dudas de cómo se deben declarar los beneficios obtenidos por el arrendamiento.

 

 

Hace dos años, la Agencia Tributaria exigió a miles de contribuyentes que elaborasen una declaración complementaria, ya que detectaron que muchos no habían incluido los ingresos provenientes del arrendamiento de una vivienda, que en algunos casos estaba dedicada al alquiler vacacional. Por ello, para evitar sorpresas en la declaración del IRPF, es necesario conocer los pasos para poder justificar los ingresos provenientes del arrendamiento.

 

¿Cómo declarar el alquiler vacacional durante los días que la vivienda está ocupada?

Al igual que ocurre con el alquiler residencial, los propietarios de una vivienda turística pueden deducirse de los gastos ligados al arrendamiento, aunque solo podrán aplicarse durante el tiempo que el inmueble esté arrendado a un inquilino. Mientras que, durante el tiempo que esté la vivienda libre y a disposición de los dueños, la casa supondrá una renta imputada por Hacienda por poseer una segunda vivienda, tal y como explicaremos más adelante.

Para poder hacerlo, habrá que restar a la suma total de los ingresos, los gastos necesarios para poder obtenerlos. El arrendador se puede deducir los gastos de suministros de luz, agua, gas; los intereses y demás gastos financieros derivados de la compraventa de la casa; los gastos de reparación y conservación del inmueble; y las primas abonadas por contratos de seguro; siempre teniendo en cuenta que solo se podrán justificar estos gastos los días que tenga un inquilino la casa. A parte de estos, en el caso de alquilarlo a través de un profesional, los gastos de la agencia podrán ser deducidos en su totalidad.  

Por último, es importante saber que solo por el alquiler del inmueble, no es necesario cobrar el IVA a los inquilinos. Aunque este impuesto deberán aplicarlo aquellos que ofrezcan servicios complementarios (limpieza, lavandería, comida, etc.), ya que al tener prestaciones propias de un establecimiento hotelero hay que ajustarse a su regulación. En este caso si será necesario emitir una factura por cada estancia a la que habrá que sumar un 10% de IVA al precio de la estancia.  

 

¿Cómo declarar el alquiler vacacional durante los días que la vivienda está sin ocupar?

Una vez conocido cómo declarar los ingresos de una vivienda vacacional, es necesario saber qué hay que declarar durante los días que la vivienda está vacía. La Agencia Tributaria imputa una renta por el hecho de tener una segunda vivienda, es decir, es obligatorio declarar los días que la vivienda no ha tenido inquilino y, por tanto, ha estado para uso y disfrute de sus propietarios. Para hacerlo hay que computarlo de la siguiente manera:

Se calcula el 1,1% del valor catastral de la vivienda o el 2% si la última revisión catastral se realizó antes de 1994, ese valor se divide 12 y el resultado de la división se multiplica por 9. El resultado de esa operación sería lo que habría que declarar.





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