Las 7 novedades más relevantes de la nueva Ley de Vivienda



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El pasado 26 de octubre se presentó el Anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda. Entre las principales líneas que recoge este texto, destaca la limitación de los precios de los arrendamientos en zonas tensionadas. Desde FIM hemos preparado un resumen con todo lo que tienes que conocer de esta nueva normativa. ¡Toma papel y boli!

Limitación de los precios del alquiler

La nueva legislación recoge que los Ayuntamientos podrán limitar los precios del alquiler en aquellas zonas que sean consideradas como tensionadas, siempre que los inmuebles pertenezcan a personas jurídicas y sean propietarios de más de diez viviendas.

Con relación al resto de arrendadores, ya sean personas físicas o jurídicas con menos de 10 inmuebles en su poder, podrán incrementar el precio del alquiler en un 10% respecto al contrato de alquiler anterior, sólo si sobre la vivienda se ha realizado obras de mejora o rehabilitación, en los dos últimos años.

La nueva Ley de Vivienda contempla también bonificaciones de hasta el 50% del IRPF a los propietarios que formalicen nuevos contratos ajustados a la contención de los precios. Por su parte, sobre aquellas viviendas que se encuentren vacías sin justificación, los Ayuntamientos podrán aplicar recargos en el IBI, para fomentar así la salida de inmuebles al mercado.

 

Sobre la declaración de zonas tensionadas

Serán las propias Comunidades Autónomas las que declaren cuándo se encuentra una zona en riesgo de tensión, y podrá mantener este estado por un periodo de hasta 3 años. Para ello, tendrán que demostrar que:

  • En la zona la renta de alquiler supera de media el 30% de los ingresos de los hogares.
  • Que el alquiler en los últimos cinco años ha subido al menos 5 puntos por encima del IPC de la Comunidad Autónoma.

 

Índice de referencia

La limitación de los precios de alquiler sobre aquellas viviendas de personas jurídicas con más de diez inmuebles en su poder se realizará a través de un Índice de Precios de referencia. En estos momentos el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana dispone de uno, pero la norma dicta que tiene un plazo de aplicación de hasta 18 meses.

 

Modificación en las desgravaciones del IRPF

Sobre los nuevos contratos de alquiler, desaparece la desgravación del 60% en el IRPF y pasa a ser del 50% por el rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual, salvo en zonas consideradas tensionada que puede modular hasta el 90%.

En el caso de alquiler a jóvenes comprendidos entre los 18 y los 35 años, la reducción queda en el 70%, mientras que en las viviendas rehabilitadas en los dos últimos años en el 60%.

Recargos en el IBI

Los Ayuntamientos podrán aplicar un recargo variable sobre las viviendas vacías de hasta un 150% en el Impuesto de Bienes Inmuebles. La subida está dividida entre 3 partes diferenciadas:

  • Se producirá un primer incremento de 50% cuando las viviendas estén cerradas sin justificación, durante más de dos años y sus propietarios dispongan de más de 4 viviendas.
  • Un recargo que alcanzará el 100% cuando los inmuebles lleven 3 años cerrados.
  • Por último, en el caso de que el propietario tenga dos o más inmuebles en el mismo municipio y se de las condiciones anteriores, el incremento en el IBI será del 150%.

Suspensión de los desahucios

Junto con este Anteproyecto de Ley, el Gobierno aprobó Real Decreto-ley 21/2021, por el que se prorrogan las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. Ante estas situaciones, los juzgados de oficio serán los encargados de suspender un desahucio si este es sobre personas consideradas vulnerables. Además, el Gobierno se compromete a destinar ayudas directas a aquellos jóvenes con unos ingresos inferiores a los 23.725 euros, con un aporte que les permita sufragar hasta el 40% del importe mensual de la renta.

 

Fomento del parque de vivienda social

Además, el Gobierno se reserva el derecho a destinar un 30% del sueldo urbanizable a la creación de vivienda pública del que un 50% irá destinado al alquiler.  

 

¿Te surgen dudas sobre la nueva Ley de Vivienda? ¡Pregúntanos! En FIM te ayudamos a resolver todas tus preguntas.

 





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