Qué beneficios fiscales tienen los alquileres turísticos



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Ahora que empiezan los meses estivales, son muchos los propietarios de viviendas que piensan destinar su inmueble al alquiler turístico, principalmente en los lugares donde más concentración de foráneos existe. En este artículo os vamos a hablar sobre qué beneficios fiscales tiene el alquiler turístico en la declaración del IRPF del próximo año.

 

 

Cómo profesionales inmobiliarios debéis conocer todas las reglas relacionadas con este aspecto y, así, poder darles el mejor asesoramiento a vuestros clientes. Qué gastos se pueden deducir o cuándo se puede aplicar la reducción del 60% de los ingresos del alquiler son algunos de los conceptos que debéis saber a la perfección, aparte de infórmale de los requisitos administrativos que vienen estipulados en las normativas municipales y el grado de ocupación qué tiene que tener el inmueble para conseguir la máxima rentabilidad.

En primer lugar, es necesario recordar que hay que declarar los rendimientos obtenidos de una vivienda de alquiler, por lo que habrá que seguir en lo expuesto en la legislación vigente y en el reglamento del IRPF. Según la norma, son deducibles los gastos cómo: intereses de los préstamos, gastos de conservación y reparación, impuestos, y otros gastos (comunidad de vecinos, suministros, etc.).

Todos estos costes serán deducibles, en un 60%, en los inmuebles destinados a viviendas de uso habitual. En concreto, este tipo de propiedades son las que se especifican dentro de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Este hecho hace que las viviendas destinadas al alquiler turístico, o también denominado de temporada, no pueden beneficiarse de la reducción. También se debe tener en cuenta, que si se opta por alquilar una vivienda durante unos días hay que declarar los rendimientos inmobiliarios por los días de alquiler e imputar las rentas del resto de jornadas.

 

Morosidad en el alquiler turístico

Las zonas más turísticas son las que mayor concentración de trabajadores temporales tienen y estas, en el último año, concentraron al 18% de los inquilinos morosos. Por lo que a la hora de hacerse el planteamiento: alquiler residencial o turístico, es conveniente pensar cuál de las dos modalidades es la más conveniente y tomar las medidas preventivas oportunas, que permiten saber qué tipo de inquilino se ha interesado por la vivienda y si va a poder asumir el coste de las rentas mensuales.





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