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¿Qué tiene que tener un contrato de alquiler para ser seguro? A la hora de firmar un alquiler es imprescindible que el documento sea claro y sencillo y que, en él, venga reflejados todos los aspectos relacionados con el arrendamiento. Estas son las 5 cosas que jamás deben de faltar ¡Atento!
¿Quién paga qué?
Quizás este sea uno de los puntos más controvertidos en el alquiler. A la hora de redactar un contrato de alquiler, debemos de dejar bien claro quién se hace responsable de cada cosa, por ejemplo, habitualmente el propietario se encarga de pagar IBI, comunidad de propietarios y reparaciones, siempre que estas no hayan sido consecuencia de un mal uso o negligencia del inquilino.
Por su parte, el inquilino será responsable de abonar la renta, el impuesto de trasmisiones patrimoniales en el alquiler (ITP), suministros y tasa de basuras, si la hubiese.
Duración del contrato
Debe quedar reflejado en el contrato de alquiler la duración del acuerdo. Aunque lo habitual es firmar por anualidades, con un máximo de 3 años, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) fija que el inquilino podrá rescindir el contrato de arrendamiento, habiendo transcurrido 6 meses desde la celebración del mismo, y siempre que avise con 30 día de antelación.
Coste y actualización de la renta
Una clausula imprescindible en la que se deberá fijar el coste de la renta mensual, el sistema de pago y los días en los que se abonará, además de cómo será actualizada. En este punto, tras la entrada en vigor de la Ley de Desindexación de la Economía Española y la Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler, el IPC deja de ser el índice de referencia, por lo que te recomendamos que actualices a través del Índice ARCA, el único índice que recoge la realidad del alquiler.
Clausula FIM
Incluye en tu contrato de alquiler la cláusula FIM, te servirá como una herramienta disuasoria ante posibles impagos o inquilinos morosos profesionales. Gracias a esta cláusula, en el caso de sufrir un impago, podrás inscribir al inquilino en el fichero de forma rápida y sencilla.
Inventario
Si vas a alquilar tu vivienda con muebles, el inventario será fundamental, pues en él quedarán reflejados todos los objetos, muebles o utensilios que dejes en la vivienda. El inventario, suele incluirse como un anexo al contrato, y es recomendable que sea lo más detallado posible.
¿Tienes alguna duda sobre el contrato de alquiler? ¡Pregúntanos!