https://www.fimiberica.com/Blog/BPSEmailArticle/1123

Si quieres alquilar tu vivienda a un buen inquilino, hay varias formas con las que puedes evitar que sea moroso en un futuro y tener que iniciar un proceso de desahucio por impago de alquiler contra él.
Precio razonable
El aumento exponencial de la demanda de viviendas en alquiler quizá te haga pensar que establecer un precio por encima del de mercado es una buena idea porque siempre va a haber alguien dispuesto a pagarlo. Sin embargo, es una estrategia equivocada. Si pones un precio muy alto por el alquiler de la vivienda, habrá muy pocos interesados en la misma y, en la desesperación por no encontrar al arrendatario ideal, podrías tomar una decisión incorrecta.
Contrato de trabajo
Es importante que el inquilino sea solvente para “garantizar” el pago del alquiler, así que es recomendable que le pidas un contrato de trabajo en vigor, así como las nóminas de los últimos tres meses. Esto prueba que el arrendatario puede pagar la renta, pero no que vaya hacerlo, así que es necesario consultar el Fichero de Inquilinos Morosos para evitar un problema de impago en el futuro.
Contrato por escrito
Aunque resulta lógico, hay quienes se olvidan de que el contrato de arrendamiento siempre debe ser por escrito, y todas las páginas del mismo tienen que firmarlas arrendador y arrendatario. Una de las cláusulas más importantes es la de la renta, en la que se debe especificar a cuánto asciende la mensualidad, así como el tiempo y la forma de pago.
Muchos de los inquilinos morosos destrozan los inmuebles antes de desalojarlos por orden judicial. Teniendo esto en cuenta, es conveniente que hagas un inventario y saques fotografías de cada una de las estancias de la vivienda, y adjuntes este documento como un anexo del contrato de arrendamiento.
Fianza
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), en el artículo 36.1 establece lo siguiente: “A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda”. Por lo tanto, debes exigirle al inquilino la cantidad equivalente a un mes de renta en concepto de fianza.
Existe la posibilidad de pactar una cantidad superior, pero este suplemento no se considera como fianza, sino que debe aparecer en el contrato de arrendamiento bajo el concepto de “garantía adicional”. No puede exceder a la cantidad equivalente a dos meses de alquiler.
Fichero de Inquilinos Morosos
El Fichero de Inquilinos Morosos (FIM) es el único registro oficial que existe en España de la morosidad en el mercado del alquiler. Una gran base de datos que se nutre de información que aportan agencias inmobiliarias, particulares y sentencias judiciales. Antes de firmar el contrato de arrendamiento puedes consultar el FIM para comprobar si el inquilino tiene antecedentes de morosidad.
FIM Score
FIM Score es una herramienta que calcula el perfil de riesgo del arrendatario. En base a la renta a pagar y sus ingresos mensuales, clasifica su perfil y lo compara con el de miles de arrendatarios, teniendo en cuenta la evolución de la morosidad regional y los comportamientos de pago. Gracias a FIM Score puedes saber cuál es la probabilidad de que el inquilino deje de pagar la renta en algún momento.
Certificado de Solvencia FIM
También tienes la posibilidad de pedirle al arrendatario el Certificado de Solvencia FIM. Se trata de un informe que puede solicitar de forma 100% online e instantánea, en el que aparecen reflejados datos de gran interés: si tiene antecedentes de morosidad en el mercado del alquiler y cuál es su ratio de solvencia.