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¿Eres propietario de un inmueble que actualmente tienes cerrado y no necesitas? Teniendo en cuenta que el número de personas que viven en régimen de arrendamiento está aumentando a un ritmo exponencial, lo que mejor que puedes hacer para sacarle rentabilidad es alquilarlo. Ahora bien, debes ser saber de qué la morosidad en el mercado del alquiler también ha crecido. Sin ir más lejos, el número de inquilinos que no pagan la renta se ha incrementado un 70% durante la pandemia del coronavirus.
Con estos datos no queremos que te eches atrás en tu decisión de alquilar tu piso, sino que seas consciente de los riesgos y tomes las medidas de prevención que sean necesarias, entre ellas solicitar a tu arrendatario el certificado FIM.
Contrato de arrendamiento
Lo más importante es que los derechos y obligaciones de ambas partes, arrendador y arrendatario, queden claras desde el primer momento. Por este motivo es de especial interés las cláusulas que debe incluir el contrato de arrendamiento: identificación de las partes, importe, plazo y forma de pago de la renta, duración del contrato, preaviso de resolución, distribución de los gastos y fianza y periodo de devolución de la misma.
Además, es 100% recomendable hacer un inventario de cada una de las habitaciones, así como fotografías. Se puede añadir como documento anexo al contrato, y el arrendatario debe firmarlo para que quede constancia de las condiciones en las que recibió el inmueble.
Fianza
Según el artículo 36.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 (LAU), la fianza debe ser el equivalente a un mes de renta cuando se trata del alquiler de una vivienda. Si como propietario consideras que no es suficiente si se producen desperfectos de carácter grave y optas por solicitar a tu inquilino, por ejemplo, dos meses, ya no se trata de una fianza sino de una garantía adicional. Se trata de un acuerdo entre las partes para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que aparecen reflejadas en el contrato de arrendamiento.
Seguro de impago de alquiler
También tienes la posibilidad de contratar un seguro de impago de alquiler. De esta manera, estás protegido ante un posible inquilino moroso que no paga la renta mensual. La compañía aseguradora se encarga de pagarte el alquiler que te debe hasta un máximo del número de mensualidades según lo que aparezca reflejado en la póliza. Luego es la aseguradora la que se encarga de reclamarle al arrendatario el pago del alquiler.
Fichero de Inquilinos Morosos
Con todas estas medidas preventivas contra el impago del alquiler puedes vivir con la seguridad de que, ante cualquier tipo de desperfecto o impago, estás cubierto. Sin embargo, no tienes la tranquilidad de saber a quién le has alquilado tu vivienda y, sobre todo, si es una persona que cumple con los pagos en el tiempo y la forma acordados.
Para seleccionar al mejor inquilino te recomendamos al 100% que consultes el Fichero de Inquilinos Morosos. Se trata de un registro oficial en el que puedes comprobar si alguno de los interesados en alquilar tu casa tiene antecedentes por impago en el mercado del alquiler.
Certificado FIM
Y, por último, debes solicitar a tu arrendatario el certificado de solvencia FIM, un documento mediante el que puede acreditar que es un inquilino solvente y que no ha tenido ningún tipo de incidencia de pago. Es el primer certificado de solvencia que existe para el alquiler.
Además de reflejar si el arrendatario ha sido moroso anteriormente, también indica cuál es su perfil de riesgo. Es decir, ¿qué probabilidad tiene de convertirse en un futuro?