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¿Cómo rescindir un contrato de alquiler de forma correcta?



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A cualquier inquilino de un inmueble le llega el momento de cambiar de vivienda, los motivos que propician un traslado son muchos: personales, laborales o simplemente porque buscan dar un cambio de aires. Aunque existan diferentes causas que propician la mudanza a otra propiedad, lo que nunca varía es la forma de dar por finalizado el contrato de arrendamiento. En esta entrada damos respuesta a las preguntas más comunes entre los inquilinos a la hora de dar por acabado un acuerdo de alquiler.

 

¿Hay que avisar?

Es obligatorio. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) expone, en el artículo 9, que los inquilinos tienen que avisar al propietario del inmueble de su intención de no renovar el contrato de alquiler 30 días antes de la finalización de este.

 

¿Cuándo se puede hacer?

Los inquilinos de una propiedad pueden rescindir el contrato de alquiler pasados seis meses desde la firma de este. La Ley de Arrendamientos Urbanos establece este periodo como la mínima estancia en una vivienda arrendada. Asimismo, la legislación también especifica que si la relación contractual finaliza antes de haber cumplido un año, el arrendatario sufrirá una penalización.

 

¿Cómo se hace?

No existe ninguna manera establecida de cómo rescindir un contrato de arrendamiento. Lo recomendable es que se haga un escrito donde conste lo especificado por cada una de las partes. También se puede llegar a un acuerdo verbal pero este modelo puede acarrear más problemas al no existir ningún documento que demuestre lo pactado.

 

¿Qué pasa con la fianza?

La devolución de la fianza depende principalmente de dos factores. El estado del piso al finalizar la estancia, es uno de ellos. El propietario utilizará este depósito para costear las tareas de reparación si en la revisión del piso encuentra desperfectos. Asimismo, el dueño puede utilizar ese dinero en caso de que el inquilino tenga alguna factura sin pagar.

El otro motivo está relacionado con la duración del contrato. La Ley de Arrendamientos Urbanos expone que si el contrato supera el año, la fianza se puede devolver íntegramente, siempre que la vivienda se entregue en las condiciones óptimas y con todos los recibos al día. En los casos en los que el acuerdo de arrendamiento dure entre seis meses y el año, el dueño del inmueble solo devolverá la parte proporcional a los meses de alquiler.

 

¿El último mes se puede pagar con la fianza?

 La Ley Arrendamientos Urbanos no lo permite. El importe depositado por el inquilino al comienzo del contrato sirve para que el propietario haga frente a los posibles desperfectos ocasionados en la vivienda una vez finalizado el acuerdo de alquiler. Además, el arrendador también podrá hacer frente a todos los asuntos tratados en la pregunta anterior.

 

¿Tienes más dudas?, escríbenos y te las resolvemos.





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