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Conoce tus derechos como propietario durante un desahucio



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Si quieres alquilar tu vivienda, es fundamental que escojas a un buen inquilino, aquel que paga la renta en el tiempo y la forma acordados, y cuida el inmueble como si fuera suyo. Aunque parece obvio que, una vez firmado el contrato de arrendamiento el inquilino va a cumplir con su obligación de pagar el alquiler, la realidad es muy distinta. En los últimos años ha aumentado de forma notable el número de demandas por desahucio de alquiler.

Se trata de un procedimiento judicial largo y complejo que puede afectar a tu economía. Y es que, además de no recibir la renta por parte del inquilino, debes contratar a un abogado y procurador para presentar la demanda en el Juzgado. Por lo tanto, es imprescindible que tomes todas las medidas preventivas que sean necesarias para evitar una situación como esta, entre ellas el Fichero de Inquilinos Morosos.

Desahucio por impago del alquiler

Sin embargo, hay veces en las que es inevitable que, por alguna razón, el inquilino deje de pagar el alquiler. En este caso, debes conocer tus derechos como propietario durante el desahucio. Lo que nunca debes hacer antes de presentar la demanda ni durante el procedimiento judicial es cambiar la cerradura, entrar en la vivienda o cortar los suministros, ya que la situación podría volverse en tu contra: podría denunciarte por allanamiento de morada o por coacción.

En la actualidad, la duración promedio del procedimiento de desahucio por impago del alquiler es de aproximadamente cinco meses. Aunque parezca mucho tiempo, antes tardaba fácilmente dos años.

Para presentar la demanda en el Juzgado, la cual debe estar firmada por abogado y procurador, necesitas la siguiente documentación: contrato de arrendamiento original, poder general para pleitos y notificaciones que le hayas enviado al inquilino reclamándole el pago del alquiler.

Una vez presentada la demanda, el inquilino recibirá la notificación de la misma, en la que se indica la fecha del juicio y la fecha del lanzamiento. Si decide quedarse en la vivienda y no pagar, una vez llegue el día del lanzamiento, el personal del Juzgado lo desalojará y te devolverá a ti la posesión del inmueble.

También puede pagar lo que debe y entregar la vivienda. Esta es la solución ideal, pero ocurre en muy pocas ocasiones. Otra de las opciones que tiene el inquilino es pagar lo que debe y seguir en el inmueble. Es lo que se llama “enervar el desahucio”, a lo que únicamente puede recurrir una vez mientras el contrato de arrendamiento esté en vigor.

El inquilino se puede oponer a la demanda para ganar tiempo, ya que en este caso hay que celebrar un juicio. En ese caso, el procedimiento finalizará con una “sentencia”, y en el resto de casos con un “decreto”, que a efectos prácticos son lo mismo.

Fichero de Inquilinos Morosos

Aunque el procedimiento de desahucio por impago de alquiler es mucho más rápido que hace unos años, no deja de ser tedioso. Para evitar una situación de este tipo, antes de firmar el contrato de arrendamiento, consulta el Fichero de Inquilinos Morosos.

Se trata del único registro de la morosidad en el alquiler de carácter oficial que existe en España. Una gran base de datos en la que particulares y agentes inmobiliarios inscriben a los arrendatarios con los que han tenido un problema de impago. También se registran las sentencias judiciales de desahucio por impago de alquiler en el fichero.

Además de consultar la base de datos, también puedes hacer uso de la herramienta FIM Score, que clasifica el nivel de riesgo del inquilino


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