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¿De quién es la responsabilidad civil en una casa alquilada?



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El seguro de hogar se divide en un total de tres coberturas básicas: responsabilidad civil, contenido y continente. Cubre los dos tipos de riesgos a los que está expuesta cualquier vivienda. Por un lado, los daños que puede sufrir el propio inmueble. Y, por otro lado, los daños tanto personales como materiales que esta o los inquilinos pueden causar a terceros.

 

 

Contenido y continente

Uno de los aspectos más importantes de todos es saber la diferencia entre contenido y continente. Cuando hablamos de continente nos referimos al conjunto de elementos que forman parte de la propia construcción de la casa: tejados, suelos, paredes… También todas las instalaciones fijas, como las tuberías de agua y de gas, el cableado eléctrico y técnico, los sanitarios y la calefacción.

El propietario de la vivienda es la primera persona interesada en la contratación de una poliza de hogar que al menos asegure el contenido para así tener cubiertos los posibles daños. Actualmente existen algunas coberturas específicas para así proteger los desperfectos que pueda causar el inquilino de la vivienda.

En cuanto al contenido, son todos aquellos objetos personales que se encuentran dentro del inmueble: electrodomésticos, mueble, ropa, aparatos electrónicos... También los que están en dependencias anexas, como por ejemplo el trastero que se encuentra en el mismo edificio. El propietario de la vivienda también puede estar interesado en cubrir el contenido y así proteger todos los elementos que deje en el piso para el inquilino, como los electrodomésticos.

Para el inquilino también puede ser de mucha utilidad contratar un seguro del hogar para cubrir el contenido. Y es que, aunque a la hora de alquilar el piso está amueblado, seguro que tiene numerosos objetos personales de valor: ordenadores libros, prendas de ropa… Se trata por lo tanto de garantizar las pertenencias.

 

Responsabilidad civil

En cuanto a la responsabilidad civil, cubre tanto las indemnizaciones como las reparaciones que la persona asegurada tenga que pagar por los daños personales y materiales causados a tercera de manera accidental.

Estos daños pueden darse tanto dentro como fuera del piso, como por ejemplo una teja que cae y golpea a una persona. Los daños pueden estar causados por el asegurado o el resto de los miembros de su familia que también residen en la vivienda.

Además de los desperfectos y las averías causados por el continente o el contenido, la póliza también puede cubrir los daños personales provocados por animales domésticos, siempre y cuando no se trate de perros potencialmente peligrosos.

Ahora bien, ¿qué ocurre cuando un inmueble está alquilado? En este caso el arrendador solo debe responder por los daños causados por el contenido o el continente de la propiedad. Por lo tanto, no es responsable civil de los daños causados a terceros por el arrendatario. Así, con independencia de que el propietario de la vivienda también incluya esta cobertura en su seguro del hogar, es el inquilino del inmueble quien tiene que cubrir su propia responsabilidad civil. 

 

Situaciones en las se puede necesitar un seguro de responsabilidad civil como inquilino

Siempre y cuando los daños producidos no sean intencionados o no sean consecuencia de una imprudencia del asegurado, el seguro de hogar que cubre la responsabilidad civil del inquilino en la casa de alquiler puede cubrir todas aquellas situaciones derivadas tanto por un miembro de la familia como por el propio contenido o continente.

Un ejemplo sencillo de los posibles daños causados por el contenido es si una maceta cae a la calle y golpe a una persona o a un coche. La responsabilidad asume todos los daños que ocurren tanto dentro como fuera de la vivienda por algún miembro de la familia.





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