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Son muchos los propietarios que prefieren mantener sus viviendas cerradas en lugar de alquilarlas por el miedo a que sus inquilinos no les paguen el alquiler en el tiempo y la forma acordados en el contrato de arrendamiento. Pero tú no tienes porqué renunciar a sacar rentabilidad de tu piso y recibir unos ingresos regulares si tomas las medidas preventivas necesarias. Quizá no sepas que puedes detectar a los inquilinos morosos de antemano, así que te explicamos qué opciones tienes.
Fichero de Inquilinos Morosos
Es muy importante que no te tomes este asunto a la ligera porque, si finalmente tu arrendatario se convierte en moroso, tendrás que enfrentarte a un proceso judicial largo y complejo para desalojarle del inmueble y cobrar la cantidad adeudada. El proceso de desahucio tarda, de media, entre seis y ocho meses. Para evitar una situación como esta, el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM) es tu mejor aliado.
Uno de los principales beneficios de consultar el FIM es conocer si la persona con la que estás a punto de firmar el contrato de arrendamiento tiene antecedentes de impago en el mercado del alquiler. Si está inscrita en el registro de morosidad, es probable que en el futuro vuelva a producir un impago. Seguro que quieres pensar que no tiene razones para dejar de cumplir su palabra. Pero la realidad demuestra que todo es muy diferente, y en los últimos años ha aumentado de forma exponencial el número de inquilinos morosos.
El FIM es una forma muy sencilla y rápida de tener más información sobre la persona a la que le vas a alquilar tu vivienda. Más allá de la morosidad, la herramienta FIM Score calcula hasta qué punto alguien puede producirse un impago en el futuro. Esto se realiza gracias a un conjunto de procesos estadísticos, los cuales permiten conocer el nivel de riesgo del futuro inquilino. De esta manera, puedes saber si realmente es un perfil solvente y valorar el riesgo.
A todo esto hay que sumar la herramienta FIM Control, que te permite tener una gestión integral del contrato de alquiler. Todos los meses, te pedirá una confirmación de que el inquilino ha pagado la renta y, en caso de impago, te indicará cuáles son los pasos que debes seguir para encontrar una solución a la mayor brevedad posible. Ofrece asistencia con el envío de comunicaciones certificadas y la supervisión de un equipo jurídico de primer nivel.
Contrato de arrendamiento
Una vez verifiques que el inquilino es solvente y no tiene antecedentes de impago en el mercado del alquiler, debes redactar un buen contrato de arrendamiento. Es fundamental que el contrato sea por escrito.
En lo que respecta al plazo mínimo, el artículo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece lo siguiente: “La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, o inferior a siete años si el arrendador fuese persona jurídica, llegado el día del vencimiento del contrato, este se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, o de siete años si el arrendador fuese persona jurídica, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo”.
Para evitar la sustitución de alguna página, ambas partes debéis firmar todas las hojas del contrato. Además, es recomendable que elabores un inventario de cada una de las habitaciones y fotografías del estado de la vivienda. Ambos documentos puedes adjuntarlos como anexo al contrato.