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Mi inquilino no me paga, ¿qué puedo hacer?



https://www.fimiberica.com/Blog/BPSEmailArticle/262

Encontrarse en una situación de impago no es nada sencillo y es que, ¿qué hacer cuando un inquilino no paga? Es posible que si te has visto en esta situación hayas sentido cierta impotencia. Asimismo, es probable que un amigo tuyo te haya dicho “mi inquilino no me paga, ¿qué puedo hacer?”. ¿Qué has contestado ante esta pregunta? Todos pensamos que denunciar es lo único que se debe hacer, pero hay más pasos.

A continuación, vamos a conocer qué es lo que hay que hacer si un inquilino decide no pagar la renta mensual al propietario. Así que atento, mañana te podría pasar a ti.

 

 

 

“Mi inquilino no me paga, ¿Qué puedo hacer?”, una de las preguntas más comunes

A la hora de reclamar el pago tienes varias opciones. La primera sería la reclamación de la deuda por carta y la segunda la de reclamación de la deuda por vía judicial. Vamos a conocer los pasos que hay que dar en ambas situaciones.

Reclamación de la deuda pinor carta

Ante la situación de impago de alquiler, lo primero que deberá hacer el arrendador es pedir el pago al inquilino mediante un escrito de reclamación. Este paso es importante ya que es el que te permitirá realizar el segundo. ¿Cómo puedes reclamar por vía escrita?

  • Telegrama con acuse de recibo.
  • Burofax con certificación del contenido y acuse de recibo.
  • Conducto/requerimiento notarial.

En ese escrito deberá exigir al inquilino que abone la deuda en un plazo determinado. También habrá que advertirle que, si en ese plazo determinado no abona la deuda correspondiente, se acudirá a la vía judicial.

Este escrito, probablemente, hará que el inquilino reaccione y pague. De no ser así, podrás acudir a la segunda opción, aunque puede que el proceso sea bastante largo.

Reclamación de la deuda por vía judicial

En este caso es importante saber que el inquilino no podrá paralizar el desahucio de la vivienda antes del juicio mediante pago previo si el propietario de la vivienda demuestra que se le ha exigido el pago treinta días antes de la presentación de la demanda por vía judicial.

Cuando se reclama por vía judicial tienes las siguientes opciones:

  • Reclamar solo la deuda
  • Solicitar el desahucio para poder recuperar tu vivienda
  • Reclamar ambas peticiones

 

Prevenir antes de alquilar, la mejor opción

Como hemos dicho anteriormente, esta es una situación bastante incómoda. Es por eso por lo que nuestra mayor recomendación es la prevención. ¿Pero cómo se puede prevenir un inquilino moroso? Te preguntarás. Pues hoy en día es bastante sencillo. Tan solo tendrás que acudir al Fichero de Inquilinos Morosos (FIM) para poder comprobar si una persona ya tiene deudas.

El FIM es una medida preventiva frente a la morosidad del alquiler. Es el primer fichero que está disponible tanto para los profesionales del sector como para aquellos usuarios particulares que quieran asegurarse de la fiabilidad de su futuro inquilino. ¿Lo mejor de todo? Que el fichero va aumentando gracias a la participación tanto de los profesionales como de los particulares. Todas las personas que sufren un impago lo registran en la plataforma.

Pero no es todo lo que ofrece. El Fichero de Inquilinos Morosos también da la opción de realizar un análisis completo de tu futuro inquilino. Gracias a la gran base de datos con la que cuenta, y a su algoritmo predictivo, podrás saber si la persona que estará en tu vivienda es un inquilino moroso en potencia. Después de averiguarlo serás tú el encargado de decir si lo alquilas o no.

Esta es una forma muy sencilla de prevenir la morosidad, tanto si eres particular como profesional, es más, si eres profesional del sector, podrás prevenir a tus clientes de futuros morosos. ¿Se puede pedir más?





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