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Todo lo que tienes que saber sobre el certificado de eficiencia energética



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Si estás pensando en alquilar una vivienda tienes que tener en cuenta, que necesitas el certificado de eficiencia energética, un documento desconocido entre muchos propietarios,  pero obligatorio antes de realizar cualquier operación de arrendamiento. En esta entrada te explicamos toda la información que necesitas para evitar errores y posibles sanciones.


¿Qué es?

El certificado energético es un documento oficial que informa del consumo y las emisiones de CO2 producidas en un inmueble. En él, al igual que ocurre en los electrodomésticos, la clasificación de la vivienda se realiza por letras. La distribución va desde la A (inmueble muy eficiente) a la G (muy poco eficiente).

¿Quién lo necesita?

El certificado es obligatorio para todas aquellas viviendas, locales u oficinas que se encuentren en venta o alquiler desde el 1 de junio de 2013.

¿Cómo lo obtengo?

El certificado de eficiencia energética solo lo pueden expedir agentes especializados, es decir, arquitectos e ingenieros. La ley explica que todos los documentos de eficiencia energética tienen que cumplir completamente con la normativa impuesta ya que de lo contrario este puede ser inválido. En la actualidad, antes de realizar cualquier operación de compraventa o alquiler, se recomienda pedirlo 30 días antes de la firma del contrato.

¿Dónde hay que mostrarlo?

Es obligatorio que aparezca en todos los anuncios de venta o alquiler de un inmueble. El propietario tiene que presentar la información relacionada con el certificado a la agencia o portal inmobiliario. Asimismo, en el caso de arrendar una propiedad el dueño está obligado a enseñar y proporcionar una copia del documento al inquilino.

¿Qué vigencia tiene?

El certificado energético tiene una validez máxima de 10 años desde la firma y emisión del técnico competente. El propietario del inmueble está obligado a renovar el documento al finalizar dicho periodo. Asimismo, el dueño, voluntariamente, puede actualizarlo antes de que transcurra el periodo de validad cuando considere que existen variaciones que pueden modificar el Certificado de Eficiencia Energética.

¿Qué pasa si no lo tengo?

La Ley 8/2013 del 26 de junio, que regula el cumplimiento de la normativa relacionada con el certificado energético, divide las sanciones en tres categorías dependiendo de la infracción cometida.

Leves: 300-600 euros. Se encentran incluidas faltas como publicitar la venta o alquiler de inmuebles sin mencionar la calificación o incumplir las obligaciones de renovación o actualización, entre otras.

Graves: 601-1.000 euros. Se clasifican dentro de este apartado irregularidades como comprar o alquilar un inmueble sin el correspondiente documento o no mostrar la etiqueta correspondiente al certificado oficial, entre otras.

Muy graves: 1.001 – 6.000 euros. Acciones como falsificar el documento o actuar como un agente autorizado sin contar con la debida habilitación se multan con estas sanciones, según la ley que regula el Certificado de Eficiencia Energética.

¿Cómo se registra?

Es un trámite diferente según en la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos. El Real Decreto 235/2013 traspasa las competencias del Ministerio a cada una de las regiones. En la mayoría de territorios se hace de forma telemática aunque existen algunos en donde es necesario hacerlo de manera presencial con un proceso burocrático mayor.

En los precios también existen variaciones. El registro en varias comunidades es gratuito (Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, Madrid, Navarra, País Vasco y Ceuta). En el resto los precios varían desde los 9,27 euros de Baleares a los 29,10 de Castilla y León. Nuestro consejo es que le preguntes al técnico especializado que acuda a realizarlo para evitar errores y problemas.

¿Sigues teniendo dudas? Pregúntanos y nosotros te las resolvemos.

 

 





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